Publicado en: LA LEY 18/09/2018 , 1 Cita Online: AR/DOC/1815/2018
I. Introducción.— II. La restricción de la capacidad como problemática de los derechos humanos. La discapacidad.— III. La toma de decisión de la persona vulnerable.— IV. La restricción de la capacidad y la ineficacia del acto en el Código Civil y Comercial.— V. Conclusión.
Establecer con meridiana certeza el grado de discapacidad psíquica que efectivamente sojuzga al sujeto, y ello en función a un acto concreto; como a su vez, la implicancia de aquélla en la vida de relación será en definitiva lo determinante a efectos de establecer la invalidez del acto realizado.